GOBERNACION
DEL GUAVIARE
SECRETARIA DE
CULTURA Y TURISMO
PRIMERA CONVOCATORIA
2013
PARA LA
APROPIACION DE RECURSOS DEL IMPUESTO AL CONSUMO A LA TELEFONIA MOVIL
INFORMACION GENERAL
La Gobernación del Departamento del Guaviare,
atendiendo los principios del artículo 209 de la Constitución Política de
Colombia y en virtud de lo dispuesto en el decreto 4934 de 2009 reglamentario
de la ley 1111 de 2006 y de conformidad con los procedimientos establecidos en
la Metodología aprobada por el Ministerio de Cultura, El Departamento del
Guaviare:
CONVOCA
A los cuatro (4) municipios del Departamento del
Guaviare, para que a través de las Alcaldías Municipales se presenten proyectos
para la elaboración del plan de inversión de que trata el parágrafo primero del
artículo sexto del decreto 4934 de 2009, en el que se programa la inversión a
ejecutar con los de recursos provenientes del impuesto al consumo a la
telefonía móvil, destinados a inversión en cultura, la cual se regirá por lo
establecido en las siguientes disposiciones:
1.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE:
El Decreto 4934 de 2009 atendiendo además los
lineamientos dados por el CONPES 3132 de 2002, La Ley General de Cultura, 307
de 1997, la Ley 1185 de 2008 y el Plan Nacional de Cultura.
2.
OBJETO
Convocar a los alcaldes de los cuatro (4) municipios
del Departamento del Guaviare a presentar propuestas de proyectos culturales
para ser financiados con recurso provenientes del Impuesto al consumo a la
Telefonía Móvil, recursos que deberán ser destinados a inversión en cultura de tal como lo estipula el Decreto 4934 de 2009.
3.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN:
La Gobernación de Guaviare suscribirá convenios con
aquellos Municipios que presenten proyectos y surtidos los tramites de
elegibilidad, concepto técnico, viabilidad técnico financiera, concepto del
Ministerio, les resulten aprobados fondos para su financiamiento.
4.
LÍNEAS A EJECUTAR:
Las entidades territoriales municipales interesadas
deberán presentar propuestas que atiendan única y prioritariamente los
siguientes procesos descritos en el artículo cinco (5) del decreto 4934 del 18
de diciembre de 2009:
1. Desarrollar inventarios y registros del
patrimonio cultural de acuerdo con la metodología establecida por el Ministerio
de Cultura; estos inventarios deben ser elaborados participativamente y ser
divulgados con todas las comunidades. Los inventarios y registros deben ser
digitalizados y estar disponibles para consulta en línea.
2. Desarrollar programas relacionados con la
protección, promoción y difusión del patrimonio cultural por medio de campañas
de prevención, sensibilización, educación y formación de la comunidad. En
particular, apoyar la conformación de grupos de Vigías del Patrimonio y
fortalecer los existentes, suministrándoles las herramientas básicas para que
desarrollen su voluntariado y apoyando proyectos que los grupos presenten.
3. Apoyar la formulación de los Planes Especiales de
Manejo y Protección PEMP de bienes inmuebles de interés cultural del grupo
urbano y de monumentos en espacio
público, así como de aquellos del grupo arquitectónico y de colecciones de
bienes muebles de interés cultural que sean de propiedad pública.
4. Incentivar la formulación y puesta en marcha de
Planes Especiales de Salvaguardia de manifestaciones del patrimonio cultural
inmaterial incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural
Inmaterial.
5. Desarrollar actividades relacionadas con la
conservación, el mantenimiento periódico y la intervención de bienes de interés
cultural, dando prioridad a los declarados de interés cultural del ámbito
nacional y a aquellos bienes de interés cultural que se encuentren en riesgo o
en situación de emergencia.
6. Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas
patrimoniales y/o centros de memoria a nivel local, en lo referente a escritura
de guiones museográficos y mejoramiento de dotación y programación.
5
CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA, POSTULACIÓN, ELEGIBILIDAD Y VIABILIZACIÓN PARA
LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL IMPUESTO AL CONSUMO A LA
TELEFONÍA MÓVIL
Apertura
|
8 DE MAYO
DE 2013 8:00 AM
|
Cierre
|
31 DE MAYO DE 2013 5:00 PM
|
Publicación
de los términos de la convocatoria
|
8 DE MAYO
DE 2013 8:00 AM
|
Fechas en
las que se reciben proyectos
|
Desde el 13 de Mayo de 2013 a las 8:00 AM hasta el 31
de mayo de 2013 a las 5 PM
|
Formatos
en que se deben presentar proyectos
|
Formato Proyectos IVA Ministerio diligenciado y
suscrito por el Alcalde del Respectivo Municipio. Anexar presupuesto
detallado en cualquier formato.
|
Estudio de
los proyectos
|
3 de junio al 20 de junio de 2013
|
Remisión
de los proyectos al Ministerio de Cultura
|
24 de junio de 2013
|
6 DECLARATORIA
DESIERTA.
La Gobernación del Guaviare podrá declarar desierta
la presente convocatoria cuando no pueda adelantar una selección objetiva.
Entre otras, serán causales para declarar desierto el proceso las siguientes:
a. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se
ajuste al presente documento.
b. Cuando no se presente propuesta alguna.
En el caso de declarar desierto el proceso o que una
vez apropiados los fondos a los proyectos viabilizados exista aun
disponibilidad significativa de fondos, se procederá a asignar los recursos a
proyectos del Banco de Proyectos que tengan viabilidad y concepto favorable del
Consejo de Patrimonio y del Ministerio de Cultura.
7 PRESENTACIÓN
DE PROPUESTAS:
Se aceptarán las propuestas recibidas hasta
las 5:00 p.m. del día 31 de mayo
de 2013. Las propuestas deberán ser enviadas por correo o entrega personal en
sobre cerrado y rotulado de la siguiente
manera:
REMITENTE
ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE XXXXXXXXXXXXXX
NOMBRE DEL ALCALDE:
XXXXXXXXXXXXXX
POSTULACION DEL
PROYECTO:XXXXXXXXXXXXXXX
RECURSOS IMPUSTO AL CONSUMO
A LA TELEFONIA MOVIL PARA CULTURA
CONVOCATORIA PUBLICA NUMERO
01 DE 2013
DIRECCION DE LA
ALCALDIA:XXXXXXXXXXXX
TELEFONO DE CONTACTO:XXXXXXXXXXXXXXXXXX
EMAIL DE
CONTACTO:XXXXXXXXXXXXXX
DESTINATARIO
Secretaria de Cultura y turismo
Gobernación del Guaviare
Calle 7 No 23 – 07 Centro Cultural
Teléfono de contacto 5841041
Las entregas personales deben radicarse ante la
secretaria de cultura y turismo del Guaviare, despacho ubicado en el Centro
Cultural de San José del Guaviare, en la dirección Calle 7 No 23 – 07 Centro
Cultural, Teléfono de contacto 5841041
Se rechazará automáticamente cualquier solicitud
recibida fuera de plazo y hora indicada. Se debe prever que, en caso de envío
postal, el sobre llegue en fecha y hora indicada.
Nota: La Gobernación del Guaviare evaluará las
propuestas de proyectos de acuerdo a criterios establecidos, reservándose el
derecho de financiar o no, total o parcialmente los proyectos aprobados y
sujeto a la disponibilidad de fondos. El envío de propuestas de proyecto no
significa en ningún momento un compromiso directo o indirecto de la gobernación
del Guaviare para otorgar financiamiento.
8. REQUISITOS
MINIMOS PARA EL ESTUDIO DE ELEGIBILIDAD
La secretaria de cultura y turismo adelantara los
estudios para determinar si el proyecto es elegible con base en los siguientes
criterios:
8.1
Documentos:
La propuesta debe contener los siguientes
requisitos:
8.1 Formato perfil del proyecto recursos IVA
debidamente diligenciado (anexo 1)
8.2
Presupuesto anexo detallado de la inversión propuesta en el proyecto.
ESTUDIO DE ELEGIBILIDAD
|
||
Requisitos habilitantes
(documentos)
|
Cumple
|
No Cumple
|
El proyecto
es presentado por un Alcalde de los municipios del Departamento del Guaviare
|
||
El proyecto
se diligencio en el formato especificado en la convocatoria
|
||
8.4 Estudio técnico
y financiero.
ESTUDIO DE ELEGIBILIDAD
|
||
Estudio técnico
|
Cumple
|
No Cumple
|
- El
proyecto se presenta en las líneas habilitadas para la inversión de recursos
del impuesto al consumo a la telefonía, de conformidad con el artículo cinco
(5) del decreto 4934 del 18 de
diciembre de 2009:
|
||
- Los componentes y actividades del proyecto se
enmarcan en las directrices que desde el Ministerio de Cultura se proyectan
como gastos elegibles según el manual XXX (Anexo 3, de carácter informativo
de la Presente convocatoria)
|
||
- El
proyecto esta formulado con una coherencia lógica entre necesidades, justificación,
objetivos, actividades, y costeo de cada una de las actividades.
|
||
- Los
objetivos son alcanzables, medibles y verificables.
|
||
- El
proyecto presenta productos y/o resultados tangibles, alcanzables, medibles y
verificables.
|
||
- Los productos,
resultados, actividades, propuestos en el proyecto, no han surtido
financiación por parte de la Gobernación con cargo a Recursos del impuesto al
consumo a la telefonía móvil o de otras fuentes.
|
||
Estudio Financiero
|
Cumple
|
No Cumple
|
- los ITEM de
costos propuestos tienen estricta coherencia con la lógica de la intervención
(justificación, objetivos, actividades)
|
||
- El
proyecto presenta presupuestos consistentes con un sistema de costeo basado
en actividades.
|
||
- Cada ITEM
de costo está sustentado con el debido y razonable detalle.
|
||
- Los
costos del proyecto con los que se estiman los presupuestos son razonables de
acuerdo con los precios de mercado de la zona en que se ejecutará el
proyecto.
|
||
9. REQUISITOS
PARA EMITIR CONCEPTO TECNICO POR PARTE DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE PATRIMONIO.
9.1 Requisitos
de contenido:
El contenido total de los proyectos y sus anexos
deben redactarse en idioma español, salvo los términos técnicos que se utilicen
en idioma distinto.
No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras
que hagan dudar sobre el contenido de los proyectos.
Cualquier enmendadura que contenga el proyecto,
deberá ser aclarada y validada por el oferente en la misma propuesta antes del
cierre de la invitación.
No se aceptarán proyectos complementarios o
propuestas de modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora
del cierre de la invitación
Si el proyecto no es
elegible, será devuelto al municipio proponente y no participa en la
convocatoria.
9.2 Criterios
para la emisión del Concepto Técnico por parte del Consejo Departamental del
Patrimonio
CONCEPTO TECNICO
|
CALIFICACION
|
||
FAVORABLE
|
NO FAVORABLE
|
||
Criterios sobre los que se emite el
concepto técnico
|
Cumple
|
No Cumple
|
|
El proyecto se
presenta en el marco de las líneas definidas por el decreto 4934 de 2009
|
|||
La línea elegida
concuerda con la naturaleza del proyecto
|
|||
La descripción del
proyecto es coherente con la naturaleza y objetivos del proyecto
|
|||
El proyecto se
enmarca en los programas, metas u objetivos del plan municipal de cultura
|
|||
El proyecto se
relaciona con los programas, metas u objetivos del plan departamental de
cultura
|
|||
La justificación
del proyecto es coherente con la naturaleza y objetivos del proyecto
|
|||
Los antecedentes
del proyecto son coherentes con la naturaleza y objetivos del proyecto
|
|||
El objetivo
general del proyecto es alcanzable y verificable
|
|||
Los objetivos
específicos del proyecto son alcanzables y verificables.
|
|||
Los indicadores
del proyecto son coherentes con la naturaleza y objetivos del proyecto
|
|||
El cronograma
propuesto permite la ejecución de objetivos del proyecto
|
|||
10. CRITERIOS
PARA LA ASIGNACION DE PUNTAJES PARA LA PRIORIZACION DE LOS PROYECTOS, POR PARTE
DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE PATRIMONIO.
En el caso de que el valor total de los proyectos con
concepto técnico favorable del Consejo Departamental de Patrimonio, supere el
monto disponible en la presente convocatoria, le serán aplicados criterios de
priorización por parte del Consejo departamental de Patrimonio, mediante los
cuales se asignarán un puntaje a partir del cual se distribuirán los recursos
asignados en la convocatoria.
Los criterios considerados son:
Criterio
|
Puntaje
|
El municipio proponente cofinancia el proyecto:
(Para la
asignación de puntos se observan los siguientes criterios:
Se listan
los proyectos que proponen cofinanciación.
Se obtiene
un factor dividiendo la cofinanciación entre el valor total del proyecto.
El factor
más alto se le asigna los 20 puntos.
Se obtiene
un cociente dividiendo todos los factores por el factor más alto.
Se
multiplica el cociente obtenido por 20.)
|
20
|
El proyecto contribuye al cumplimiento de metas de
los planes de desarrollo vigentes del municipio o municipios proponentes y de
la Gobernación.
|
10
|
El proyecto contempla un plan de difusión y
apropiación social de los resultados del proyecto estructurado y coherente.
|
10
|
El proyecto propone investigaciones sobre
expresiones ya identificadas en los inventarios, con el objeto de la difusión
y apropiación social la cual es garantizada en el proyecto utilizando medios
de alto impacto comunicativo en el territorio departamental y/o municipal.
|
10
|
Entre los resultados del proyecto se contempla la
producción de contenidos de calidad comercial en formato video
"cortometraje - documental", y/o formato animación digital.
|
10
|
El proyecto propone investigaciones para la
caracterización, apropiación y difusión social y elaboración de planes de
salvaguarda de expresiones culturales amenazadas.
|
15
|
El proyecto contempla en sus estrategias de
apropiación y difusión social el uso eficiente de las TICs con contenidos de
calidad literaria y atractivo estético, publicados en la Web y redes
sociales.
|
10
|
El proyecto involucra a la comunidad, y en sus
presupuestos se detallan el pago a las contribuciones en contenidos que
aporten a los productos y resultados del proyecto.
|
15
|
El puntaje establecido determinará el orden en que
se presenten los proyectos al Ministerio de Cultura, de conformidad con la
disponibilidad de fondos. Si la disponibilidad de fondos es insuficiente para
financiar el proyecto se requerirá al Alcalde proponente para que en un término
improrrogable de cinco días hábiles ajuste el presupuesto a la disponibilidad
de fondos, si no lo hace se entenderá que desiste y se aplicará el mismo
procedimiento al proyecto que le siga en puntaje. Este procedimiento será
adelantado por la Secretaria de Cultura.
11. CRITERIOS
PARA CONCEPTO TÉCNICO Y FINANCIERO EXPEDIDO POR LA SECRETARIA DE CULTURA Y
TURISMO
ESTUDIO DE VIABILIDAD
|
CALIFICACION
|
||
VIABLE
|
NO VIABLE
|
||
Criterios sobre los que se emite la viabilidad
|
Cumple
|
No Cumple
|
|
El proyecto
es elegible
Fue formulado en la metodología definida y fue
presentado por el Alcalde.
|
|||
El proyecto obtuvo concepto favorable por parte
del Consejo Departamental de Patrimonio
|
|||
La propuesta técnica y económica permite el logro
de los objetivos y resultados propuestos, y se ajusta a las condiciones
económicas de la Región.
|
|||
Se adjuntaron todos los documentos definidos en la
convocatoria.
|
|||
12. Documentos
anexos para proyectos de alta complejidad técnica:
Dependiendo de las características y línea de acción del proyecto se deberán anexar
soportes de los estudios o documentos complementarios al proyecto así:
- Documento, estudio, o concepto emitido por una entidad o
profesional especialista en el tema donde conste el
Riesgo de pérdida o deterioro del bien o manifestación cultural que se
quiere proteger. (si aplica).
- Documento, estudio, o concepto emitido por una entidad o
profesional especialista en el tema indicando la valoración histórica y socio
cultural ò artística del bien o manifestación cultural a intervenir. (si
aplica).
- Documento, estudio, o concepto emitido por una entidad o
profesional especialista en el tema que describa cual será la Cobertura e
impacto sociocultural de la acción o el proyecto a ejecutar. (si aplica)
- Documento, estudio, o concepto emitido por una
entidad o un profesional especialista en el tema sobre Viabilidad social que
describa la articulación de la acción o el proyecto con programas o proyectos
estratégicos locales, regionales o nacionales, dicho documento debe contener:
1. Concepto de viabilidad social, 2. Constancia del Aval
emitido por consejo de municipal de cultura o consejo municipal de
patrimonio según sea el caso (si aplica
- opcional) y 3. La vinculación del
proyecto en la Aplicación del enfoque diferencial y Acción sin daño. (Si
aplica).
13. Documentos
Anexos:
Estos documentos son requeridos para la suscripción
del convenio en caso de ser viable el proyecto y le sean aprobados los fondos.
Se consideran subsanables y en caso de inconsistencias o no presentación deben
ser aportados a mas tardar 10 días hábiles a partir de la fecha en la cual la
Secretaria de Cultura y Turismo comunique a la Alcaldía postulante la
asignación de fondos para su financiamiento, la no presentación de los
documentos relacionados a continuación se entenderá como desistimiento y se
procederá a asignar los fondos al siguiente proyecto según la puntuación de
prioridad que le haya asignado el Consejo Departamental de Patrimonio:
-
Fotocopia de la cedula de ciudadanía del Alcalde titular ampliada al
150%. Si el proyecto es presentado por un servidor público con funciones de
Alcalde Encargado debe anexar el acto administrativo de encargo.
-
Acta de Posesión y/o fotocopia de la credencial que lo acredita como alcalde del municipio.
-
Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT del municipio expedido por la DIAN.
-
Acuerdo de delegación para hacer convenios emitido por el Consejo
Municipal
-
Constancia emitida por el banco o por el tesorero municipal indicando
el número de cuenta corriente por donde se manejaran los recursos.
-
Disponibilidad presupuestal de
los recursos que aportará el municipio o las entidades socios del proyecto, en
caso de proponer cofinanciación, o acta de valoración si la cofinanciación
propuesta es en bienes y servicios.
14. FORMATOS
ANEXOS
anexo 3.instructivo ministerio de cultura para gastos elegibles con cargo a recursosdel impuesto al consumo a la telefonía móvil (de carácter informativo)
Se firma en San José del Guaviare, despacho de la Secretaria
de Cultura y Turismo del Departamento del Guaviare a los cinco (8) días del mes
de mayo de 2013.
CARMENZA LIZ
LASSO
Secretario de Cultura y Turismo
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